Sistema Penal como Control Social

A) Estructuración organizativa del Sistema Penal:

Este sistema es organizado por diferentes organismos con el fin de luchar por mantener el orden y generar armonía dentro de las comunidades. Entre estos existen 2 tipos de estructuraciones; las cuales son agencias de carácter legislativo y las agencias ejecutivas. Cada una de estas se ve encargada de realizar funciones específicas diferentes a cualquier otra área que se vea relacionada. En la parte legislativa se tiene que se empieza por la creación de normas y leyes las cuales son aceptadas para poderse aplicar en un futuro, y por otro lado, en la parte ejecutiva es donde se empiezan a aplicar estas normas establecidas con anterioridad. Esta última estructura alberga organismos como lo son: la policía, los tribunales y las cárceles. Cada grupo de estos se enfocan en ejercer funciones diferentes las cuales suman y logran así llegar a un objetivo final el cual es el uso correcto de las leyes y el aplicar de manera correcta el control social.


B) Las agencias del Sistema Penal: Estas como se mencionó anteriormente se dividen en 2 grupos, y en estos existe una subdivisión, las primeras agencias son las legislativas, en estas se tiene la creación de normas que en un futuro se podrán usar para de esta forma ayudar a rehabilitar a las personas que han caído en la desviación de sus comportamientos.

Después, están las agencias que aplican las leyes, como la policía, los tribunales y las cárceles. Cada una tiene un papel importante en el proceso penal. La policía se encarga de prevenir e investigar delitos. Los tribunales son los que se van a encargar de administrar la justicia y con esto podrán como entidad decidir si alguien es culpable o inocente. Por último, las cárceles serán las que se ocupen de hacer que los delincuentes se vayan rehabilitando. Estas 3 agencias deben mantenerse trabajando de manera conjunta para así garantizar un buen proceso aplicado sobre derecho penal.


C) Carácter selectivo del Sistema Penal (Criminalización Primaria y Secundaria): El sistema penal no lo podemos considerar del todo como un método neutral, sino que más bien este actúa de manera selectiva con respecto a sus decisiones. Tenemos que entonces se define a la criminalización primaria como un proceso en el cual se puede lograr definir algunas conductas como delictivas, y por otro lado, tenemos que la criminalización secundaria es la que nos demuestra cómo han de ser tratadas las personas que ya han sido clasificados como criminales. Este proceso puede generar muchas desigualdades dentro de las sociedades, ya que si se analiza bien las minorías y grupos desfavorecidos son desproporcionadamente criminalizados y penalizados, en comparación al resto.


Opinión Profesional

El estudio del sistema penal “Tiene como finalidad esclarecer los hechos, proteger al inocente, sancionar al culpable y reparar los daños causados por el delito” (Poder Judicial Tamaulipas, s.f) además como instrumento de regulación social muestra su rol polifacético, no solo en lo que respecta a la gestión de justicia, sino también en su función en la regulación y conservación del orden social. La organización estructurada evidencia que cada agencia desempeña un rol interrelacionado, lo que puede favorecer la eficiencia del sistema, pero también puede provocar errores en la coordinación y en la salvaguarda de los derechos personales. La elección intrínseca del sistema penal, ya sea en la criminalización primaria o secundaria, suscita interrogantes cruciales acerca de la equidad y la justicia. La tendencia a sancionar conductas de ciertos colectivos sociales evidencia la relevancia de un examen crítico de las políticas penales y su impacto en la sociedad. En conclusión, comprender el sistema penal desde este punto de vista es esencial para impulsar reformas que no solo persigan la regulación del delito, sino también la justicia social y la equidad frente a la ley. 



Para finalizar se mostrará un video en donde se comenta acerca de razones por las cuales se quiere modernizar el sistema penal en Costa Rica, esto con el fin de seguir buscando una mejoría en el tema de control social y seguridad nacional. 




Referencias Bibliográficas

Arias, J. [Asamblea Legislativa Costa Rica] (19 sept, 2024) Analizan reformas para

      modernizar el sistema penal costarricense.[Video]. YouTube.  https://www.youtube.com/watch?v=L2jin4BGzHM

Poder Judicial Tamaulipas. (s.f) Sistema de Justicia Penal Acusatorio y Oraldel Poder      

     Judicial del Estado de Tamaulipas.  






Comentarios

  1. Cordiales saludos
    A modo de comentario y con el fin de enriquecer más su aporte cabe mencionar que autores como Bergalli definen el sistema penal como "“complejo de momentos e instancias de aplicación del poder punitivo estatal, surgido al amparo de la construcción del Estado moderno”." González (2010, p57) con ello se puede deducir que hace referencia a las normas e instituciones que las hacen cumplir y que surgen para ayudar a moldear el estado moderno, pero es solo un muy breve análisis a un tema tan amplio. También existen otros autores como De Jorge Mesas con una visión diferente y cuestiona si "el sistema de justicia penal constituye un mecanismo o más bien una maquinaria, de respuesta frente al problema de la criminalidad", con lo anterior solo quiero exponer algunos enfoques de diferentes autores para expandir este interesante tema.

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    1. Buenos días compañero Fabián, un gusto saludarlo.

      Primeramente agradecer por tu comentario debido a que me sirve de retroalimentación
      personal en cuanto a estudio del tema. Es valioso saber que el sistema penal ha sido
      utilizado como herramienta a la hora de mantener un bienestar social, esto con el principal fin de rehabilitar las personas que han caído en una conducta desviada en sus acciones. En Costa Rica es importante conocer que “la facultad de ejercicio de la acción penal se encuentra a cargo del Ministerio Público, órgano especializado e independiente del jurisdiccional, quien podía iniciarla aun de oficio, sin perjuicio pueda ejercer la acción civil resarcitoria. Sin embargo, en los delitos de acción privada la acción es ejercida por la víctima.” (Gadea, D. 1997).
      Con esto podemos tener una idea mas clara de como funciona este sistema en el país,
      además de saber que entidades son las que se encargan de llevar estos procesos por si en algún momento se necesita hacer uso de estos. En nuestro país hay que tener en cuenta que cada día que pasa las cárceles se encuentran mas deterioradas y mucho mas pobladas, con lo que se esta analizando a nivel nacional metodologías con las cuales se puedan modernizar estos sistemas y poder mejorar estas
      deficiencias, precisamente porque se debe empezar a ida de hoy con el actuar contra la
      criminalidad antes que el país no tenga solución y la inseguridad se apodere de los
      costarricenses. En fin debemos como ciudadanos mantenernos en constante información para así tener conocimientos y poder utilizarlos en un futuro.
      De nuevo agradecer por tu aporte compañero y me despido cordialmente.

      Éxitos compañero.

      Referencias Bibliográficas
      Gadea, D. (1997) El Sistema Procesal Utilizado en Costa Rica: Sistema Mixto. Universidad Nacional Autónoma de México.

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  2. Buenas noches, compañero, así como mencionas "además como instrumento de regulación social muestra su rol polifacético, no solo en lo que respecta a la gestión de justicia, sino también en su función en la regulación y conservación del orden social" considero que el sistema penal como control social es un mal necesario punitivo que los Estados utilizan para poder tener control social, de lo establecido según las normas y leyes como delito y este debe de ser castigado por medio de centros penales, de esta manera se previene el delito.

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